Generación Distribuida Andrea Rivas 01/08/2019

Generación

Distribuida

Puedes convertirte en Usuarios-Generadores de electricidad.

A través de la Ley de Generación Distribuida (27.424), las personas físicas y jurídicas de nuestra área de concesión pueden instalar fuentes renovables de generación -paneles solares- para acceder al régimen.

Esto es una buena alternativa para viviendas, comercios, industrias pyme y emprendimientos rurales de nuestra área de concesión. Quedan exceptuados grandes clientes y autogeneradores del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

Encontrás más información en:

Comenzás a ahorrar

Una vez que tu Equipo de Generación Distribuida instalado a la red generarás electricidad para consumir en tu domicilio y ahorrás dinero, dado que lo estás autogenerando y reduciendo la compra de esa energía. Si tenés un excedente (generás más de lo que consumís), este se inyecta a la red y recibís una remuneración según el precio mayorista del mercado.

Cómo elegir un Equipo de Generación

Para ingresar al régimen es necesario adquirir un Equipo de Generación Distribuida certificado, por lo cual deberás contactarte con proveedores habilitados. La instalación debe estar siempre a cargo de un profesional matriculado en la jurisdicción donde realiza el trabajo.

Los costos de consulta e instalación corren por cuenta del usuario interesado.

Si vas a instalar paneles solares, podés consultar la Calculadora Solar para estimar el impacto que tendría en tu factura.

Cómo realizar el alta en Edesur

Debés comenzar tu alta en la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del portal estatal Argentina.gob.ar.

Ingresá a la TAD y comenzá el trámite “Conexión de Usuario-Generador – Generación Distribuida”. Completá el Formulario 1A para reservar la potencia que desea aportar a la red.

Una vez enviado el formulario, Edesur analizará la vialibilidad técnica y responderá con el Formulario 1B, con el cual aprueba o rechaza dicha solicitud.

Con el pedido aprobado, el Usuario procederá a la instalación del equipo.

Un Equipo de Generación Distribuida está compuesto por un Generador (panel solar, por ejemplo) y un Acople (inversor que convierte corriente continua en alterna).,

A través de la plataforma TAD, el Usuario debe designar a un instalador calificado.

El usuario debe completar el Formulario 2A para solicitar a Edesur la instalación de un medidor bidireccional, el cual será firmado conjuntamente por el profesional matriculado a cargo del trabajo en carácter de declaración jurada.

Edesur responderá con el Formulario 2B la aprobación o rechazo del pedido informando las razones.

Una vez instalado el medidor bidireccional, la Subsecretaría de Energías Renovables y Eficiencia Energética emitirá un Formulario 2C con un “Certificado de Usuario Generador” a nombre del interesado.

Beneficios fiscales

A partir de la aprobación del Formulario 1B, el Usuario Generador puede gestionar ante la AFIP un Certificado de Crédito Fiscal para utilizar en el pago de impuestos nacionales. Más información.

Preguntas Frecuentes

Dudas comunes sobre el el régimen nacional de Generación Distribuida.

Dispositivo que instala Edesur, con el cual se registra y mide la energía consumida e inyectada a la red de distribución.

  • Ahorro en la factura de servicio eléctrico
  • Certificado de Crédito Fiscal (CCF), un instrumento con el cual podés pagar impuestos nacionales, como el IVA, el impuesto a las ganancias o el impuesto a la ganancia mínima presunta o impuestos internos. Este incentivo aplica a personas jurídicas.

La que tenés contratada con tu empresa distribuidora de energía eléctrica (el distribuidor), salvo en los casos en que el ente regulador jurisdiccional autorice expresamente un valor mayor. Por ejemplo: un usuario que tiene contratado 20 kW de potencia con su distribuidor puede conectar a la red un equipo de generación distribuida cuya potencia no supere los 20 kW.

El límite máximo para generación distribuida es de 2 MW.

El instalador calificado te informará de los cambios que debas hacer para poder realizar la instalación del Equipo de Generación Distribuida. Cada situación se analiza de modo particular.

Por cada unidad de energía medida en kWh que el usuario-generador inyecte en la red recibirá una compensación que corresponderá al precio que el distribuidor compra la energía eléctrica y su transporte en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

El esquema adoptado en la Ley es el de “Balance Neto de Facturación”, en el cual el valor total a pagar por el usuario-generador será el resultante de la diferencia entre el valor monetario de la energía demandada de la red y el de la energía inyectada en la red antes de impuestos.

El usuario-generador podrá ver en su factura los valores energéticos y económicos de demanda y de inyección. Si por la compensación resulta un saldo positivo, se configurará un crédito a favor.